El Jurado Nacional de Elecciones informó que hasta este domingo 5 de abril las encuestadoras podrán publicar sondeos de intención de voto, pero desde el lunes 6 quedará prohibida su difusión. La medida, contemplada en la Ley Orgánica de Elecciones, advierte sanciones de entre 10 y 100 UIT (hasta S/550 mil) para quienes incumplan esta restricción en la última semana previa a los comicios.
Según el artículo 191 de la Ley 26859, esta prohibición busca proteger la decisión del elector y evitar presiones externas. “El objetivo es que el ciudadano vote con tranquilidad, sin la influencia de encuestas”, señala el fundamento legal. Sin embargo, el contexto actual plantea nuevos desafíos frente a esta normativa.
Especialistas en derecho electoral advierten que la medida ha quedado desactualizada debido al auge de internet y redes sociales. “La prohibición de siete días ya no es efectiva porque la información circula libremente en plataformas digitales”, sostienen, alertando además sobre la difusión de encuestas falsas o manipuladas durante este periodo.
Como antecedente, en octubre de 2025 la Comisión de Constitución del Congreso de la República del Perú aprobó un dictamen para reducir la restricción a solo 72 horas. “Reducir el plazo permitiría evitar mercados negros de información y garantizar acceso equitativo a datos verificados”, señala el documento; no obstante, la propuesta aún no ha sido debatida en el pleno.